Ahora los contribuyentes pueden declarar más fácilmente, sólo necesitan la información contenida en sus facturas (CFDI) efectivamente cobradas, además contar con una tasa aplicable de hasta el 2.5% del ISR.

El 1 enero de este año, el SAT puso en vigor el nuevo Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), el cual permite a las personas físicas y morales determinar de una manera sencilla, rápida y eficaz el cálculo del impuesto sobre la renta (ISR) y el IVA.

Un cambio importante que tiene es la forma en cómo se hacen las declaraciones fiscales, ya que sólo se toma en cuenta la información contenida en los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI).

La principal ventaja de este régimen es que se pagan menos impuestos sobre la renta (ISR). Antes una persona moral debía pagar hasta 30% de ISR y ahora se pagan del 1% al 2.5%, dependiendo del monto de los ingresos efectivamente cobrados.

Hay que tomar en cuenta que estos deben ser debidamente facturados con el método de pago de una sola exibición (PUE) y mediante transferencia electrónica o cheque.

Tabla del artículo 113-E, de la Ley del ISR.

Cabe mencionar que el SAT realizó la migración del régimen de los contribuyentes al RESICO en el mes de enero. De tal forma que tenías ingresos menores a 3.5 millones de pesos y no presentaste tu aviso en el SAT para permanecer en otro régimen antes del 31 de enero. Ahora te encuentras en en RESICO, eso se puede comprobar en la constancia de situación fiscal.

*La información de este artículo es únicamente con fines informativos. Consulte con su contador.